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A la hora de realizar cualquier tipo de cambio en una construcción o iniciar una obra es necesario contar con determinados permisos. Uno de los trámites más importantes es la obtención de una licencia urbanística, pues es lo que garantiza que todo se llevará a cabo según la normativa vigente y será totalmente legal.

Si estás en ese proceso, debes saber que las licencias urbanísticas son esenciales pero, también, que las hay de varios tipos. Según el proyecto en el que te embarques tendrás que decantarte por una o por otra diferente.

¿Todavía no tienes claro este concepto?, ¿desconoces los tipos de licencias urbanísticas que existen? No te preocupes. En este artículo te lo explicamos todo y te mostramos qué modalidades hay y cuáles son sus características.

¿Qué son las licencias urbanísticas?

Es importante saber qué es una licencia urbanística antes de adentrarse en conocer los tipos o características que tienen. De esta forma, tendrás un conocimiento más preciso en esta materia y comprenderás mejor para qué sirve cada una de ellas.

Se trata de un trámite administrativo que tiene como fin la autorización de la realización de cambios u obras en el ámbito urbanístico. Mediante este proceso, administración competente puede supervisar que toda transformación, rehabilitación o construcción de hace efectiva dentro del marco de la legalidad. Por lo tanto, son documentos que se van a solicitar al promotor pertinente antes de realizar ningún cambio.

El organismo que tiene la competencia para otorgar una licencia urbanística es el Ayuntamiento. Pese a ello, pueden existir determinadas intervenciones públicas en el caso de que ciertos derechos o cuestiones legales se vean afectadas indebidamente.  Por ejemplo, puede ocurrir en el caso de que se pretenda realizar una modificación que afecte al patrimonio histórico de la ciudad o tenga efectos negativos para el medioambiente.

Estas son las principales características de las licencias urbanísticas:

  • Son licencias de carácter obligatorio y, de no tramitarlas, el propietario se expone a una sanción.
  • Es imprescindible solicitarlas antes de comenzar cualquier tipo de obra o modificación del patrimonio.
  • Todas se otorgan según la legalidad urbanística de la zona y siempre que esta se cumpla.
  • Cuando el Ayuntamiento no responde a la solicitud en el tiempo establecido, se consideran automáticamente como desestimadas.

Los tipos de licencias urbanísticas

Hay diferentes tipos de licencias urbanísticas que es interesante conocer si se va a realizar cualquier tipo de modificación en el uso del suelo o en el inmueble. Determinar cuál corresponde en cada caso y solicitarla adecuadamente puede ser complejo para un particular, así que lo mejor es acudir a una empresa especializada como ARKespai para que asesore sobre este tema y realice a solicitud. Es una forma de garantizar que todo se hará conforme a la legalidad vigente.

A continuación, te exponemos cuáles son los tipos de licencias urbanísticas y sus principales características. Lo habitual es que todas ellas se puedan tramitar realizando una solicitud al Ayuntamiento en el que se encuentran y proporcionando la documentación necesaria. Hay que tramitar siempre la que es acorde con la actividad que se va a realizar.

La licencia de parcelación

Se trata de una licencia que hay que solicitar en el caso de que se pretenda realizar algún tipo de transformación o edificación junto con una división de la propiedad en dos o más partes. En principio, esto no tendría que ser un problema, pero la ley contempla que las divisiones solo se podrán hacer cuando la finca tiene un mínimo de extensión. Es un documento imprescindible para confirmar que los actos van a realizarse según esta normativa y que no se pretende formalizar una división que no atiende a las características marcadas.

La licencia de obras de edificación

Son licencias necesarias para efectuar cualquier tipo de construcción y también derribos de inmuebles. En este caso, es vital que el proyecto se lleve a cabo en un suelo que sea legalmente edificable. El solar (un suelo urbano) debe disponer de todos los servicios necesarios para llevar a cabo la edificación, como es el suministro de electricidad o de agua. Es la misma licencia que se debe obtener para trabajos que impliquen la restauración, consolidación, rehabilitación o conservación de una construcción, por lo tanto, una de las más comunes. Pueden ser de dos tipos:

  • Licencia de obra mayor. Permiso para realizar cualquier construcción nueva, rehabilitación o demolición.
  • Licencia de obra menor. Permiso para una ampliación que no supera los 100 metros cuadrados o modificaciones en viviendas y edificios que no afectan ni a la fachada ni a la estructura.

La licencia de otras actuaciones urbanísticas

Hay determinados proyectos que no tienen cabida en ninguna de las licencias anteriores porque no implican la construcción de un edificio o planta, o la ampliación de un inmueble. Para todas ellas hay que solicitar una licencia de otras actuaciones urbanísticas, donde entran trabajos de uso provisional, el cerramiento de fincas o la incorporación de vallas publicitarias, entre otros.

La licencia de primera ocupación

La licencia de primera ocupación es necesaria para realizar cualquier obra nueva y no exime de tener una licencia de obra, pues ambas son obligatorias. Esta garantiza que la construcción realizada es acorde con el uso para el cual se ha presentado el proyecto y que corresponde con lo solicitado a todos los efectos, además, es imprescindible para obtener la cédula de habitabilidad. Cuando se trata de obras en construcciones que son antiguas, hay que solicitar lo que se denomina como licencia de segunda ocupación, que tiene el mismo cometido.

La licencia de instalación de actividades

Algunas construcciones o modificaciones en los inmuebles no se hacen para habilitar una vivienda, sino un negocio. En el caso de tener un proyecto enfocado a la creación de un restaurante, una tienda o una gasolinera, por ejemplo, habrá que solicitar la licencia de instalación de actividades. Lo que cabe destacar es que, en este caso, no es obligatoria cuando se trata de actividades que no van a afectar al medioambiente, generando ruidos, contaminación u otros elementos. En este último caso solo habrá que presentar lo que se denomina como una declaración responsable.